No. 024/2021
Ciudad de México, a 27 de enero de 2021
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión remota, decidió que debe conocer de un recurso de revisión que tiene por objeto determinar si existe responsabilidad del Estado que genere algún tipo de indemnización para una mujer y su pareja que acusan una irregularidad en la aplicación de un método anticonceptivo definitivo.
En el caso concreto, la mujer relata que acudió a un hospital del ISSSTE para practicarse una cesárea con motivo de un segundo embarazo. Sin embargo, ese mismo día, después de la cesárea, se le realizó un procedimiento anticonceptivo permanente. Al respecto, indica que, en el momento que tomó la decisión no fue debidamente informada sobre el método anticonceptivo que se le realizaría y que se encontraba en una situación de gran presión emocional cuando aceptó.
Con base en una propuesta de la ponencia de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, la Sala determinó que, con la resolución de este caso, se podrán fijar parámetros que permitirán evaluar si la actividad estatal médica afectó de algún modo la integridad física y psicológica de la mujer o su derecho a la planeación familiar.
Al respecto, la Sala consideró que, al igual que el resto de los juzgadores del país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe impartir justicia con perspectiva de género. En especial, porque en el caso se debe verificar si, como mujer, la demandante del amparo pudo haber sufrido una transgresión a sus derechos sexuales y reproductivos por parte del personal médico del ISSSTE y si, con el paso del tiempo, esto pudo causarle algún daño que amerite una indemnización.
Además, se destacó que juzgar con perspectiva de género permite que los órganos jurisdiccionales tomen en cuenta el contexto social, cultural y económico de las personas para hacer realidad el derecho a la igualdad que se establece en la Constitución Federal y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Por lo anterior, la Sala determinó conocer del recurso de revisión a efecto de garantizar los derechos de la mujer a tener acceso a la justicia en condiciones de igualdad y a una vida libre de violencia y discriminación.