No. 296/2021
Ciudad de México, a 30 de septiembre de 2021
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, invalidó las disposiciones de las Leyes de Ingresos de doce municipios del Estado de Nayarit, que establecían cobros por concepto de derechos en materia de acceso a la información, al estimar que son violatorios del principio de gratuidad, pues el legislador local no justificó los costos por la reproducción de la información, ni los cobros diferenciados, en algunos casos, por concepto de copias e impresiones.
Como parte de los efectos, la SCJN determinó que, al haberse invalidado disposiciones generales de vigencia anual, en lo futuro el Congreso Local deberá abstenerse de incurrir en los mismos vicios de inconstitucionalidad respecto de las normas declaradas inválidas.
Acción de inconstitucionalidad 4/2021, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de disposiciones de Leyes de Ingresos de diversos municipios del Estado de Nayarit para el ejercicio fiscal de 2021, publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad el 11 de diciembre de 2020.