La SCJN invalida preceptos de Leyes de Ingresos de diversos municipios del Estado de Nayarit por violar el principio de gratuidad en el acceso a la información

No. 300/2021

Ciudad de México, a 04 de octubre de 2021

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, invalidó diversas disposiciones de las Leyes de Ingresos de ocho municipios del Estado de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2021, que establecían cobros por concepto de derechos en materia de acceso a la información.

Al igual que las leyes de ingresos de otros municipios de Nayarit invalidadas en la sesión anterior, las disposiciones ahora analizadas resultaban violatorias del principio de gratuidad que rige la materia, pues algunas preveían cobros por la mera búsqueda de información, mientras que en otras, el legislador local no justificó los costos por su reproducción, ni los cobros diferenciados, en ciertos casos, por concepto de copias e impresiones.

Como parte de los efectos, la SCJN determinó que, al haberse invalidado disposiciones generales de vigencia anual, en lo futuro el Congreso Local deberá abstenerse de incurrir en los mismos vicios de inconstitucionalidad respecto de las normas declaradas inválidas.

Acción de inconstitucionalidad 9/2021, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de Leyes de Ingresos de diversos municipios del Estado de Nayarit, para el ejercicio fiscal de 2021, publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad de 23 de diciembre de 2020.