Inconstitucional, iniciativa de reforma del gobernador Barbosa: Juristas

  • Pretende prohibir que la actual administración contrate a personas que son parte en un juicio laboral contra el gobierno.

Por Jesús Castillo

La propuesta del gobernador de Puebla, Miguel Barbosa, de prohibir la contratación de personas que sean parte en un juicio contra el gobierno estatal, es violatoria del artículo cinco de la Carta Magna y pudiera ser incluso discriminatoria, afirmaron catedráticos de la Escuela Libre de Derecho de Puebla, durante una conferencia de prensa sobre el outsourcing.

A pregunta expresa de una reportera, el doctor en Derecho Vicente Leopoldo Avendaño Fernández, dijo que ve poco viable esta iniciativa pues “la Constitución claramente establece que nadie puede ser limitado en sus actividades”.

Por su parte, el Maestro en Derecho, Miguel Antonio Candia Delgadillo, calificó de lamentable dicha propuesta, pues además de inconstitucional, pudiera resultar discriminatoria, al privar del derecho a un trabajo digno o a dedicarse a la actividad que quiera.

“Puede ser que pase esta propuesta, va a pasar, esperemos que en el plano constitucional a través de los juicios de amparo que se pudieran interponer, pues se declare que la misma no cumple ni con la constitución ni con los tratados internacionales que México tiene suscritos”, afirmó Candia Delgadillo.

El gobernador Barbosa plantea adicionar el tercer párrafo al artículo 9 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, para quedar de la siguiente manera:

“Artículo 9. Tratándose del Poder Ejecutivo, los servidores públicos encargados de la contratación de trabajadores al servicio del Estado no podrán suscribir contrato alguno con personas que sean parte en algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra del Gobierno del Estado, sus Dependencias y Entidades Paraestatales”.

Lo anterior no fue el tema principal de la conferencia. De hecho, el tema a tratar era la Reforma a la Ley de outsourcing que se publicó en el Diario Oficial de Federación el pasado 24 de abril pero que entró en vigor en México el pasado 1 de septiembre, debido a una prórroga para su implementación, la cual prohíbe la disposición de trabajadores propios en beneficio de otra empresa privada u organismo.

En este sentido, el Maestro en Derecho, Miguel Antonio Candia Delgadillo, informó que con esta nueva Ley se reformaron los artículos 12, 13, 14 y 15 de la Ley Federal del Trabajo, prohibiendo la tercerización de nóminas. Lo que implicará que sólo podrán ser contratados servicios que no formen parte de la actividad ni ponderante de la empresa.

Es decir, la contratación será sólo para aquellos servicios que no estén contemplados en el objeto social del contratante. Asimismo, señaló que con esta Reforma se brinda seguridad social a los trabajadores y el efecto de la Ley es con un objetivo recaudatorio que deriva en que los empresarios realicen ajustes.

Por su parte, el Doctor en Derecho, Vicente Leopoldo Avendaño Fernández, informó que esta Reforma está ajustada a una política del ejecutivo encaminada a un paquete de reformas como la nueva Reforma Fiscal que implica el nuevo sistema de facturación electrónica. Para con ello, aumentar la recaudación del Estado.

A través de un comunicado, la casa de estudios dijo que “en su compromiso por la generación de conocimiento en favor de la sociedad, la Escuela Libre de Derecho de Puebla efectuará próximos ejercicios similares a esta rueda de prensa con el objetivo de brindar a la ciudadanía información clara relacionada con temas de interés público”.