La Tercera Sala del Primer Circuito Judicial del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) resolvió que la Jueza Especializada de Control, Elvia Terán Peña puede seguir conociendo el proceso penal iniciado contra el Secretario del Gobierno, Pablo Héctor Ojeda Cárdenas.
Para el tribunal de alzada, el recurso, promovido por el Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Israel Hernández Cruz y dos familiares, víctimas indirectas, a través de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción (FECC), es improcedente.
“… consideramos por cuanto hace a los dos primeros recusantes que en efecto como bien se determinó por la Jueza de Control, dichos ciudadanos carecen de personalidad jurídica, puesto que no son parte procesales en la misma, al no contar con reconocida personalidad jurídica”, dice la resolución.
El dictamen indica que la propia Fiscalía Anticorrupción no les otorgó la calidad de denunciante, a Israel Hernández, y de ofendido o víctima indirecta, a los familiares de una de las dos víctimas, “de ahí que su petición de recusación deba ser desechada de plano por notoriamente improcedente”.
En el caso de la familia de la segunda víctima, la Tercera Sala resolvió que no procede por dos motivos: el primero porque la causal no tiene sustento jurídico, ya que ellos citan la fracción de un artículo que no existe en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
El segundo motivo es porque el recurso lo promovieron fuera de tiempo, el Código Nacional establece que, “si la petición de recusación se presentó de manera extemporánea, como se anticipó, debe ser desechada de plano.
“En mérito de lo anterior, la licenciada Elvia Terán Peña, Juez Especializada de Control de Primera Instancia del único Distrito Judicial del Estado, con sede en Xochitepec, Morelos, deberá continuar con el conocimiento del procedimiento de la carpeta penal número JC/1314/2021”.
El caso es el que se sigue en contra de Pablo Héctor Ojeda Cárdenas (Secretario de Gobierno), Alexis Ricardo Brito Rocha y Amado Villalobos Fuentes, servidores públicos, por delitos de homicidio culposo en comisión por omisión y abuso de autoridad, cometido en agravio de José Luis J. V. y Enrique Manuel S. M.
El pasado lunes 17 de enero, se tenía previsto desahogar la audiencia de formulación de imputación contra los tres servidores públicos por la muerte de dos personas en Huitzilac, víctimas de linchamiento, pero se suspendió porque aún no se conocía el sentido del fallo del recurso de recusación, mismo que ahora se resolvió.