¿Qué es la violencia vicaria?

Jesús Castillo
En los últimos meses hay una palabra que hemos venido escuchando con frecuencia en los medios de comunicación y que ni siquiera los juristas tienen en claro qué significa, ya que se trata de un concepto nuevo que surge de los derechos que las mujeres pretenden reivindicar después de años de sufrir lo que ellas llaman “el patriarcado”.
Se trata de la llamada “violencia vicaria”, que por separado y sin contexto no significa nada, pues tradicionalmente un vicario es un sacerdote adjunto a un párroco que tiene entre sus funciones ayudarle en su tarea pastoral cuando este no puede asumir toda la carga de la parroquia o cuando está ausente.
Sin embargo, en el contexto del acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, la acepción es totalmente diferente. Se dice que el Estado mexicano ha realizado diversas reformas legales para prevenir, atender, sancionar y erradicar esta violencia en contra de las mujeres, pero éstas disposiciones normativas han sido omisas en atender, visualizar y comprender las diferentes formas y tipos de violencia que sufren las mujeres en el ámbito doméstico o familiar y el de la violencia de género en el seno de la pareja, lo que ha ocasionado la normalización e impunidad de la violencia de género y del maltrato infantil.
Uno de estos tipos de violencia contra las mujeres que ocurre dentro del seno familiar y de las relaciones de pareja y que no ha sido reconocidos por la normativa nacional o estatal, es la que sufren cuando su agresor utiliza, para intimidarlas o hacerles daño, amenazas de violencia hacia sus padres o familiares, rompiendo sus objetos preciados, quemando su ropa, instrumentalizando a las y los hijos en común, pudiéndoles causar daños físicos o psicológicos a estos, así como el daño a sus mascotas.
Este tipo de violencia que se ejerce sobre los hijos para herir a la mujer ha sido definido por la psicóloga Sonia Váccaro como violencia vicaria, la cual refiere es una violencia secundaria a la víctima principal, que es la mujer. Es a ella a la que se quiere dañar y el perjuicio se hace a través de terceros, por interpósita persona, con la intención de causar dolor o destruir a la mujer internamente, quitarle el sentido a su vida.
La psicóloga especializada en violencia sexual y procesos de victimización Alba Alfageme refiere que, en la violencia vicaria el agresor considera a los hijos «como un medio o instrumento para causar el máximo dolor o daño a la madre», por lo que a menudo se utiliza también como «método de amenaza» para impedir que una mujer se aleje o para que ceda a cualquier petición o acuerdo que el agresor proponga.
Por otra parte, en este tipo de violencia, se ha dado cuenta de que los niños, niñas y adolescentes no solamente se ven afectados en su desarrollo emocional, sino que en algunos casos se pone en riesgo su seguridad y hasta su vida. A ojos del agresor, estos son un medio para alcanzar el fin. Es decir, son un arma con la cual puede lastimar a la mujer. Usándolos desde la manipulación mental y poniéndolos en contra de la mujer, convirtiéndoles en sus aliados para causar daño, haciéndola objeto de malos tratos o exigencias y denigración constante.
La violencia vicaria se presenta incluso cuando la mujer se ha separado del agresor, quien sigue en intención de ejercer control y hacerle daño, mediante amenazas de quitarle a los hijos e hijas, maltratándoles o poniéndoles en riesgo cuando conviven con él, llegando hasta la sustracción de personas menores de edad aprovechando las convivencias con intención de causar daño a la madre al separarla de sus hijos e hijas.
El incumplimiento del pago de pensiones alimenticias es otra de las expresiones de violencia vicaria hacia las mujeres por parte de ex parejas, en ocasiones condicionando el pago puntual o bien, al omitirlo e incrementar la carga de presión sobre la mujer, quien además de la responsabilidad de la crianza, tiene que dar cumplimiento a las necesidades de hijos e hijas, implicando un desgaste físico, financiero y anímico desproporcionado con relación al aporte de la ex pareja.
Todo lo anterior es la explicación previa o exposición de motivos de la iniciativa elaborada por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, impulsada por la diputada Tania Valentina Rodríguez con el apoyo de un grupo de mujeres que están sufriendo este tipo de violencia.
“La falta de reconocimiento de este tipo de violencia dentro de nuestro marco jurídico ha impedido a las mujeres tener acceso a mecanismos eficientes de atención y protección de sus derechos, así como la de sus hijos e hijas, los cuales lamentablemente se ven instrumentalizados y afectados en sus integridad psicológica y física por este tipo de violencia”, dice la iniciativa que ya está en manos de los diputados lista para ser aprobada.
La violencia vicaria es un tipo de violencia tan común y a la vez tan invisible por la sociedad que se ha normalizado ya que, aunque las parejas no estén separadas, los hombres lanzan amenazas como: “si me dejas, te quitaré a los niños” que han permitido que el secuestro parental a manos de los padres sea visto como un castigo que las mujeres que se han divorciado merecen. Este es un golpe muy fuerte hacia las mujeres y aunque hay excepciones, el daño a los hijos e hijas se produce principalmente en el régimen de visitas o en el periodo de la custodia compartida.
Por lo antes expuesto es que se propone reconocer, dentro de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, a la violencia vicaria como una forma de violencia en contra de la mujer, con la finalidad de que el Estado pueda instrumentar acciones que permitan prevenir, atender, sancionar, erradicar y repararla de forma eficaz, en beneficios de los derechos humanos de las mujeres.
De aprobarse esta reforma, se agregaría un apartado a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que textualmente diría: “Es una violencia que se ejerce por parte de quienes sean o hayan sido cónyuges, concubinos de las mujeres o por quienes estén o hayan estado ligadas a ellas por relaciones de afectividad, aún sin convivencia, en donde estos utilizan a los hijos e hijas, a familiares, a personas apreciadas por ellas o mascotas, como instrumento para dañar a la mujer.
“Esta violencia puede ir, de manera enunciativa, desde amenazas verbales de sus parejas, donde refieran que alejarán a sus hijos e hijas de ellas, el hecho de retener una pensión económica y/o falta de pago de ésta; hasta la interposición de denuncias bajo hechos falsos, alargamiento de procesos judiciales y jurisdiccionales, con la intención de romper el vínculo materno filial; o a través de la realización de cualquier otra conducta ejercida por la persona agresora, como medio o instrumento para dañar a la mujer”.
¿Saben cuántos casos hay en Morelos en el que los ex cónyuges se disputan la guarda y custodia de sus hijos? No lo sabemos a ciencia cierta, pero son muchísimos, y en la mayoría ocurren los supuestos arriba mencionados.
Ayer mismo, en la conferencia ofrecida por el ombudsperson y la diputada Tania Valentina, se dieron a conocer dos casos en los que los padres varones están haciendo uso de su poderío económico e influencias para despojar a las madres de sus hijos.
Esperemos que cuando los diputados se pongan de acuerdo para trabajar, esta iniciativa sea una de las primeras en ser aprobadas, para que muchas mujeres dejen de ser víctimas de sus ex parejas.
Sin embargo, no perdamos de vista que entre ese mar de “hombres malos” también debe haber uno que otro que son buenos padres y merecen quedarse con sus hijos, pero que estarán en desventaja porque las madres aducirán “violencia vicaria” y entonces vendrán las injusticias.
HASTA MAÑANA.