
Durante mucho tiempo, quienes defendían a los animales desde la sociedad civil tenían que conformarse con denunciar y esperar. Veían un caso de maltrato, acudían ante el Ministerio Público, aportaban pruebas y después quedaban prácticamente fuera de la investigación. El argumento de las autoridades solía ser sencillo: el delito afecta a la sociedad en general y es la Fiscalía quien debe representarla. Una reciente resolución federal en Morelos comienza a cambiar esa historia.
Se trata del juicio de amparo, el 1202/2025, promovido por Vanessa Perbillini Soberanes, cuya resolución fue emitida por el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Morelos. La jueza Tania Gómez Ibarra concedió el amparo contra la actuación de la autoridad responsable y ordenó que se emita una nueva determinación, debidamente fundada y motivada, en la que se analice si la quejosa debe ser reconocida como víctima indirecta dentro de una investigación por maltrato animal.
Lo interesante del asunto no es solamente el amparo ganado por Vanessa. Lo verdaderamente novedoso está en el criterio jurídico que aparece dentro de la resolución y que puede abrir una puerta importante para quienes se dedican a la protección animal: “VÍCTIMA INDIRECTA EN UNA CARPETA DE INVESTIGACIÓN SEGUIDA POR EL DELITO DE MALTRATO ANIMAL. QUIEN DENUNCIA TIENE ESE CARÁCTER.” Se trata de la tesis aislada XVII.2o.P.A.10 P (11a.), con registro digital 2031333, publicada en octubre de 2025.
Dicho en términos sencillos, los animales que sufren el maltrato son las víctimas directas, pero la persona que denuncia puede adquirir una calidad jurídica propia como víctima indirecta. No porque el animal deje de ser el principal afectado, sino porque quien denuncia puede tener derechos que resulten afectados y, por esa razón, encontrarse en una posición distinta a la del resto de la sociedad.
Aquí está el cambio de fondo. Hasta ahora, el ciudadano podía denunciar y convertirse prácticamente en espectador de la investigación. Con este criterio, el denunciante puede tener una posición especial frente a la autoridad y, en determinadas circunstancias, intervenir activamente en el procedimiento. Negarle esa posibilidad, advierte el criterio judicial, podría provocar que ningún integrante de la sociedad pudiera asumir concretamente el carácter de víctima indirecta y, con ello, se dejaría en estado de indefensión a los propios bienes jurídicos que se pretenden proteger: la integridad de los animales y el medio ambiente sano.
El caso de Vanessa resulta particularmente significativo porque no estamos hablando de una discusión académica. Ella acudió a los tribunales después de que se le negara el acceso a constancias relacionadas con una causa penal. La autoridad había considerado que no tenía reconocida personalidad dentro del proceso. El conflicto llegó al ámbito federal y terminó colocando sobre la mesa una pregunta que hasta hace poco parecía difícil de formular: ¿puede una persona que denuncia el maltrato de un animal tener derechos propios dentro de la investigación penal?
La respuesta que empieza a construirse desde los tribunales es sí, aunque con una precisión importante: no significa que todo denunciante se convierta automáticamente en víctima indirecta. Precisamente por eso la jueza federal ordenó que la autoridad responsable analice nuevamente el caso de Vanessa y determine, de manera fundada y motivada, si reúne los requisitos para recibir esa calidad.
Y esto puede resultar incómodo para algunas fiscalías. Porque una cosa es recibir una denuncia de maltrato animal y otra muy diferente tener frente a la autoridad a una persona con derechos procesales que puede exigir información, cuestionar determinaciones y reclamar judicialmente cuando considere que la investigación no está avanzando.
En otras palabras, los animalistas podrían estar dejando de ser simples denunciantes para convertirse en actores con una posición jurídica reconocida y con derechos a reclamar el resarcimiento en los gastos realizados.
Hay además un cambio cultural detrás de esta discusión. Durante años, la defensa de los animales fue vista por algunos como una actividad exclusivamente altruista, sentimental o propia de organizaciones civiles. La evolución de los criterios judiciales demuestra que el asunto está entrando en otro terreno: el de los derechos, las obligaciones de las autoridades y el acceso efectivo a la justicia.
El razonamiento resulta bastante lógico. Un perro, un gato o cualquier otro animal no puede acudir personalmente ante el Ministerio Público, exigir que se investigue un delito, pedir copias de una carpeta ni impugnar una decisión judicial. Si el Estado reconoce que existe un interés jurídico en protegerlos, alguien tendrá que estar en condiciones de exigir que esa protección sea efectiva.
Y ahí aparecen los grupos ciudadanos que se dedican a rescatar y cuidar animales, conocidos como animalistas, que por cierto cada vez son más.
La resolución del Juzgado Séptimo de Distrito en Morelos, firmada el 27 de febrero de 2026, no significa que Vanessa Perbillini Soberanes haya sido reconocida de manera automática y definitiva como víctima indirecta. Lo que hace es algo quizá más importante: obliga a la autoridad a estudiar seriamente esa posibilidad a la luz de un criterio judicial que ya reconoce que quien denuncia un delito de maltrato animal puede tener esa calidad.
Por eso el caso merece atención. Porque detrás de un asunto que pudiera parecer meramente procesal hay un cambio de paradigma: los ciudadanos que denuncian maltrato animal comienzan a encontrar un lugar dentro del sistema de justicia, y eso es algo que hay que reconocérsele a
Vanessa Perbillini (“la loca de los animales” según se define ella misma).
Y quizá dentro de algunos años esto nos parezca normal. Hoy todavía no lo es. Incluso hay gente que considera que nos estamos yendo hasta el extremo de darle más cuidados a un perro que a un niño.
Porque cuando un juez reconoce que quien denuncia puede ser víctima indirecta, el mensaje es claro: defender a los animales ya no necesariamente significa quedarse afuera de la puerta de la Fiscalía esperando que alguien haga justicia, también puede tener derecho a que le reembolsen lo que se gasta en alimentos y veterinarios.
Por otro lado, también resulta loable lo que está haciendo la diputada Tania Valentina Rodríguez Ruiz, al impulsar desde el Congreso del Estado diversas leyes para proteger y mejorar la calidad de vida de nuestros seres sintientes.
Entre las leyes propuestas por la legisladora destaca la de adopción responsable, para que adoptar sea una práctica cotidiana, donde ningún ser sintiente sufra hambre, miedo o violencia, y donde nuestras niñas, niños y jóvenes crezcan aprendiendo el respeto por toda forma de vida.
HASTA MAÑANA.