20 Sep, 2024

El licenciado Florentino Galindo

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El 11 de noviembre del 2019 publicamos en este mismo espacio lo siguiente:

“Si una institución pública pierde un juicio de cualquier índole, difícilmente se le podrá imputar responsabilidad al consejero jurídico o titular del área legal, pero si ese funcionario pierde todos los juicios, entonces habría que avizorar la posibilidad de que fue una mala elección de quien o quienes lo contrataron”.

En esa ocasión, dimos a conocer que más de 60 pensiones que la anterior legislatura local aprobó, y que la actual cámara de diputados abrogó por considerar que eran legalmente improcedentes, tendrían que ser pagadas porque los beneficiarios obtuvieron la protección de la justicia federal.

Y decíamos que esto solamente tiene dos interpretaciones: que no hubo la defensa legal adecuada, o que el acto de dejar sin efectos las pensiones por parte de la actual legislatura sólo tuvo como propósito atraer los reflectores, o bien, una venganza política. O un poquito de cada cosa.

Con respecto al mismo tema, el 4 de julio del 2019 en esta misma columna hicimos notar que el Juez Primero de Distrito del Décimo Octavo Circuito, Benito Eliseo García Zamudio, al resolver el juicio de amparo 534/2019 que interpuso  Elaine Rodríguez Aranda, fue contundente en su sentencia:

“Los artículos 14, segundo párrafo, y 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establecen diversos principios, entre ellos, el de la legalidad, conforme al cual, la actuación de las autoridades debe efectuarse dentro del marco de sus facultades legales, y el de seguridad jurídica, que se constituye como una prerrogativa para los gobernados de conocer, dentro del texto de la ley, cuáles son los elementos con que cuenta para hacer valer sus derechos frente a la autoridad. Ambos presuponen el principio de interdicción de la arbitrariedad en favor del gobernado, a partir del cual, todo acto de autoridad es susceptible de someterse al marco de respeto al derecho de las personas, pues el ejercicio de la discrecionalidad sólo estará justificado si ésta es legítima, y no cuando se manifiesta como una simple expresión de la voluntad”.

El juzgador hizo un estudio de constitucionalidad del acto reclamado, en el que considera que es fundado uno de los conceptos de violación formulados por la quejosa. Entre los argumentos que la quejosa expone en su primer motivo de disenso, aduce que el Congreso del Estado de Morelos canceló su decreto de concesión de pensión por viudez sin que la ley aplicable contemple procedimiento para ello, ni autoridad competente, además de que no medió garantía de audiencia.

“Y tiene razón pues, en primer lugar, los fundamentos legales en que se apoya la autoridad responsable para emitir el decreto reclamado no lo faculta para revocar motu proprio –por sí y ante sí- la pensión que ya se encuentra asignada a favor de un asegurado y, en segundo lugar, no existe ordenamiento legal que permita al Congreso del Estado de Morelos (LIV Legislatura) emitir acuerdos parlamentarios con los que se pueda ampliar la competencia de los órganos de gobierno para revisar y revocar las pensiones asignadas por una anterior legislatura”, agrega el juez.

A pesar de ello, los diputados de la actual legislatura continuaron “combatiendo las pensiones doradas autorizadas por sus antecesores”, quizás porque era la única noticia que les garantizaba espacios gratis en los medios de comunicación.

“Ahora que se comienzan a echar abajo, verán que ninguna de las fracciones en que está dividido el Congreso querrá asumir su responsabilidad y le echarán la culpa al director del departamento jurídico, (un señor de nombre Gerardo Florentino Galindo Durán) o a quien lo puso en el cargo”, pronosticamos en aquella ocasión.

Apuntamos que el cargo de director jurídico del Congreso Local es de vital importancia pues viene siendo “el cerebro jurídico” de los diputados. Por ahí han pasado el doblemente doctor, Bernardo Sierra Becerra; la maestra en derecho y hoy magistrada presidenta del Tribunal Estatal Electoral, Martha Elena Mejía y últimamente el también doctor Humberto Serrano Guevara.

¿Quién es el licenciado Gerardo Florentino Galindo Durán? Para nosotros es un desconocido, lo cual no significa que tenga que ser desconocido para el resto de la población, máxime cuando no es oriundo de la capital sino más bien su “zona de influencia” es la región oriente.

En busca de referencias recurrimos a “San Google” y lo único que nos arrojó es un documento en PDF que resultó ser el acta de Cabildo número 12 de la administración municipal de Jesús González Otero en el que se discutieron diversas solicitudes de pensión.

Ahí, en la página 19, aparece que el señor Florentino Galindo pidió que le concedieran la pensión por cesantía en avanzada edad en virtud de que fue director de Seguridad Pública y Tránsito Municipal del 2001 al 2003, es decir, hace más de 12 años.

La petición no solamente refleja una ignorancia de las leyes, sino una mala fe del promovente al pretender obtener una “pensión dorada” que no es procedente, tal y como lo determinó el Cabildo de Cuautla en esa sesión del cinco de agosto del 2015.

En ese mismo documento el señor acredita haber sido agente del Ministerio Público, defensor de oficio y subdirector de un penal, además de director municipal de Seguridad Pública, lo cual es digno de reconocerse, pero no suficiente para ocupar el más alto cargo jurídico dentro de uno de los tres poderes del estado.

“Con esos antecedentes, y con los resultados arriba mencionados, cabe hacerse la pregunta sobre quién es el responsable de este fracaso legal, si el licenciado Florentino, o los diputados que asignaron los cargos por repartición de cuotas o por parentesco”, decíamos en aquella columna del 11 de noviembre del 2019.

Pues bien, la semana pasada, la diputada del Partido del Trabajo, Tania Valentina Rodríguez, solicitó en conferencia de prensa la destitución del director jurídico del Congreso, “quien por sí o por instrucción de algún Diputado del Partido Encuentro Social, omitió responder al juez por la Comisión de Gobernación; y que, por cierto, es funcionario público, porque es tío del Diputado José Luis Galindo, Coordinador del PES en el Congreso, quien lo impuso en la Dirección Jurídica, sin importarle incurrir en un acto de nepotismo”.

Lo anterior, relacionado con el asunto del juicio de procedencia que se está tramitando en contra del diputado Marcos Zapotitla Becerro, acusado de violación ante la Fiscalía General del Estado.

Y ayer, la legisladora informó a través de sus redes sociales, que por unanimidad al interior de la Comisión de Gobernación del H. Congreso del Estado de Morelos, se aprobó pedir al presidente de la Mesa Directiva, Alfonso Sotelo, “la remoción inmediata del Director Jurídico, Florentino Galindo, tío del diputado Galindo, del PES, por ineficiente, omiso y cómplice del presunto violador Marcos Zapotitla”.

HASTA MAÑANA.