No.140/2025
Ciudad de México, 14 de mayo de 2025
• Excepcionalmente, en atención a las particularidades del caso, la cuantificación referida podrá dejarse para ejecución de sentencia
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de criterios en la que tribunales colegiados se pronunciaron de forma opuesta en relación con el momento procesal en que se debe cuantificar el pago de alimentos retroactivos. El primero consideró que tal cuestión se debe realizar en la misma sentencia en que se acredita la existencia de la acción y el otro estableció que esa cuantificación se puede efectuar mediante la vía incidental, en ejecución de sentencia.
Al resolver el asunto, la Sala decidió que la cuantificación de los alimentos retroactivos derivado del reconocimiento de paternidad hecho en la resolución judicial debe realizarse en la misma sentencia definitiva en la que se reconozca la procedencia de su pago, porque forma parte de los puntos litigiosos de la controversia civil-familiar, lo que deberá dilucidarse con base en las pruebas admitidas y desahogadas durante el juicio — ya sean las presentadas por las partes en su escrito de demanda o de contestación o aquellas solicitadas oficiosamente por la persona juzgadora—, así como el contexto en que se desenvuelve la controversia del orden familiar.
Al respecto, el Alto Tribunal precisó que en esta clase de controversias familiares, tanto la procedencia de la obligación como la determinación de la cantidad líquida a pagar por concepto de alimentos retroactivos, constituyen la litis a resolver en el juicio principal, por lo que sólo excepcionalmente, en atención a las necesidades del caso y de manera suficientemente fundada y motivada, la cuantificación de los alimentos retroactivos podrá dejarse para una etapa posterior: ejecución de sentencia, por vía incidental.
Contradicción de criterios 274/2024. Resuelta en sesión de Primera Sala del 14 de mayo de 2025, por unanimidad de cuatro votos. Ausente el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo