SE AMPARA A NIÑA QUE FUE DESINCORPORADA DEL SERVICIO MÉDICO DE LAS FUERZAS ARMADAS CUANDO FALLECIÓ SU PADRE MILITAR PARA QUE CONTINÚE RECIBIENDO ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL GRATUITA

No.012/2025

Ciudad de México, 16 de enero 2025

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó a una niña para que el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM) continúe prestándole el servicio médico integral gratuito que recibía previo al fallecimiento de su padre militar.

En el caso, la niña tiene un padecimiento congénito, por lo que ha requerido atención médica especializada prolongada; no obstante, fue desincorporada del sistema de salud del ISSFAM debido a que su papá falleció sin cumplir los requisitos necesarios para que sus familiares pudieran ser considerados pensionistas.

Al respecto, la Sala determinó que, para garantizar el derecho a la salud y el interés superior de la menor, las autoridades responsables no deben interrumpir la prestación del servicio médico que la niña gozaba previo al fallecimiento de su padre, sino que deben prolongarlo durante todo el tiempo en que el ISSFAM lleve a cabo las gestiones administrativas para que sea dada de alta en otra institución del sistema nacional de salud que le brinde de forma permanente atención médica gratuita en condiciones equivalentes de acuerdo a la atención especializada que recibía, puesto que los familiares que no son considerados pensionistas, pero que se encuentran en una condición de salud vulnerable por alguna enfermedad y/o discapacidad tienen derecho a la continuación de la prestación del servicio médico que disfrutaban.

Lo anterior sin perjuicio de que, si así lo consideran las autoridades responsables, en lugar de realizar las gestiones para canalizar a la niña a otra unidad de salud, reconozcan su derecho de acceso permanente al servicio médico integral que brinda el ISSFAM.

Amparo en revisión 613/2024. Ponente: Ministro Alberto Pérez Dayán. Resuelto en sesión de 15 de enero de 2025 por unanimidad de cuatro votos.