No. 007/2021
Ciudad de México, a 12 de enero de 2021
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, efectuada a través del sistema de videoconferencia, invalidó la Ley Número 248 de Comunicación Social para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicada el 17 de mayo de 2019, al considerar que, durante el respectivo proceso legislativo, se cometieron diversas violaciones de carácter invalidante.
En específico, 1) la dispensa de trámites legislativos, sin constatarse la votación calificada requerida; y 2) la falta de motivación para acreditar la hipótesis de urgencia. Por lo anterior, y al no tratarse de una norma cuya expedición sea potestativa para el Congreso local, sino que constituye una obligación prevista en la Ley General de Comunicación Social, la SCJN lo conminó para que se emita la ley correspondiente a más tardar dentro del periodo ordinario inmediato posterior a la notificación de la sentencia.
Acción de inconstitucionalidad 61/2019, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley 248 de Comunicación Social del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicada en la Gaceta Oficial local de 17 de mayo de 2019.